La implementación del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) afecta en gran medida a la gestión de recursos humanos. En una empresa, el área de gestión que más contacto tiene con datos personales es el área de la gestión de recursos humanos sin embargo y cuando realizada con seriedad ya existen varios procedimientos que apuntan a las varias medidas a implementar a nivel de esta directiva europea.

La legislación nacional sigue siendo pública. Después del 25 de mayo todavía hay muchas dudas y nosotros, empresas, seguimos sedientos de las políticas nacionales para terminar con las dudas que nos asolan diariamente. El respeto por la privacidad de los datos desde hace mucho tiempo que está implementado en las rutinas de los profesionales de recursos humanos.

En la admisión de un colaborador, los pactos de confidencialidad ya están previstos en las varias documentaciones y procedimientos. Los profesionales RH ya estamos acostumbrados a la rutina de no comentar lo que sea en relación a otro colaborador o políticas futuras a implementar en la empresa sin embargo, el RGPD obliga a la creación de evidencias de esas prácticas o sea, a la creación de una política formal de privacidad, control / registro de circulación de documentación y saber quién tiene acceso a qué y siempre con el objetivo de no permitir las fugas de información.

El derecho a la supresión de los datos personales es una garantía al ciudadano e impuesta a quien trata de datos personales, pero en el caso de las empresas esta situación está salvaguardada por las leyes, ya que en materia de gestión de recursos humanos estamos obligados a guardar la información durante determinado tiempo.

El RGPD es novedad, las multas previstas en la reglamentación europea son elevadas y es por aquí que se establece el pánico colectivo en relación a este reglamento, pero en lo que a la gestión de recursos humanos hay que serenar y ver que mucho de lo regulado ya hace parte de nuestras rutinas laborales y que en la mayoría de los casos sólo tenemos que preocuparnos de oficializar las evidencias.

Hasta que la reglamentación nacional vaya al público todavía vamos a tener varias dudas. Nuestra experiencia dice, en la duda se aplica, y con esta medida fácilmente respetar la reglamentación.

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