Recopilar información sobre potenciales clientes forma parte de la actividad de cualquier empresa, por lo que es fundamental asegurar la protección de los datos y la forma en que se utilizan.

O que é RGPD (Regulamento Geral da Proteção de Dados)? Regula la protección de las personas físicas al nivel de:

Este reglamento se aplicará obligatoriamente a partir del 25 de mayo de 2018 en todos los países de la Unión Europea..

El Reglamento considera:

Ante estas consideraciones y la evolución tecnológica que se produjo desde 1995 fue necesario:

Ls personas físicas deben poder controlar el uso que se hace de sus datos personales.

¿A quién se aplica el RGPD?

Se aplica al tratamiento de datos personales de titulares residentes en la UE, efectuado por entidades situadas en la UE.

Estas entidades pueden ser aquellas que determinan las finalidades y los medios de tratamiento de datos personales, pero también las que efectúan ese tratamiento en régimen de subcontratación.

Sin embargo, no se aplica si es efectuada por una persona física en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas.

Definiciones esenciales:

Información relativa a una persona física identicada o identicable («titular de los datos»); se considerará identicable una persona física que pueda ser identificada, directa o indirectamente, en particular por referencia a un identificador, como por ejemplo: un nombre, un número de identificación, datos de localización, identificadores por vía electrónica o uno o más elementos específicos de la identidad física, fisiológica, genética, mental, económica, cultural o social de esa persona física.

Una operación o un conjunto de operaciones efectuadas sobre datos personales o sobre conjuntos de datos personales, por medios automatizados o no automatizados, tales como: recogida, registro, organización, estructuración, conservación, adaptación o alteración, recuperación, consulta, utilización, divulgación por difusión transmisión, difusión o cualquier otra forma de puesta a disposición, comparación o interconexión, limitación, supresión o destrucción.

¿Qué se puede hacer con los datos que se recogen?

El tratamiento que se puede hacer con los datos personales recogidos, debe ser lícito, leal y transparente. Se debe cumplir y nunca exceder el propósito para el cual fueron recogidos, siendo que si es necesario efectuar un nuevo tratamiento posterior de forma incompatible con el propósito inicial, deberá ser efectuada una nueva recogida, o solicitud de nuevo consentimiento. Se debe tener en cuenta que durante el tratamiento de los datos, éstos deben estar seguros, incluyendo la protección contra su tratamiento no autorizado o ilícito y contra su pérdida, destrucción o daño accidental.

¿Qué derechos se deben asegurar al titular de los datos?

Entidades terceras prestadoras de servicios:

Muchas son las empresas que recurren a entidades terceras para la prestación de servicios que involucran compartir datos de sus colaboradores, clientes, etc. Se debe tener en cuenta que también esta entidad queda al abrigo del RGPD y para ello debe:

En caso de detección de violación de los datos personales que están a su cargo, las empresas deberán notificar en primer lugar a CNPD (Comisión Nacional Protección de Datos), si es posible hasta 72h después del incidente (o detección del mismo).

Penalización por incumplimiento / Multas:

La CNPD deberá asegurar la aplicación de las multas, teniendo en cuenta varios aspectos como la gravedad y duración de la infracción, así como el carácter negligente o no de la misma.

En el peor de los casos, es decir, negligencia en los procedimientos, no notificación y no colaboración, la infracción se sancionará con la multa más grave, hasta 20 millones de euros o, hasta el 4% del volumen de negocios anual a nivel mundial, según el importe que sea más elevado.

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